La unidad de dominio se refiere a los espacios “privados” que son de propiedad exclusiva de un copropietario (como departamentos o casas, bodegas, estacionamientos), mientras que las unidades de uso y goce son espacios comunes que se asignan a un copropietario para su uso exclusivo, pero sin que se transfiera la propiedad. Es decir, puede darse el caso que una copropiedad inmobiliaria, existan unidades de la misma categoría (estacionamientos, bodegas por ejemplo) que sean de dominio y otras asignables.
