Cuando el Conservador formula el reparo/rechazo: “Acredite pago de contribuciones o impuesto territorial”, está exigiendo que el interesado (el dueño) pruebe que ha cumplido con el pago de las contribuciones antes de realizar una inscripción.
Esto se debe a que, según la legislación chilena, los bienes raíces están sujetos al pago de contribuciones o impuestos territoriales. El no pago de estos impuestos puede impedir la inscripción de una compraventa, hipoteca, herencia o cualquier otro acto relacionado con el inmueble.
El Conservador se asegura de que no haya deudas asociadas al inmueble y, en consecuencia, solicita un certificado de deuda fiscal o un comprobante de pago contribuciones. Este certificado es emitido por la Tesorería General de la República y se encuentra disponible de forma gratuita en el sitio https://www.tgr.cl/tramites-tgr/certificado-de-deuda-de-contribuciones/ se puede descargar ingresando el rol de avalúo del inmueble.
Cabe destacar que hay un caso excepcional en que el Conservador podrá inscribir un inmueble con deuda de contribuciones, este caso se refiere a inmuebles que hayan suscrito un “Convenio de Pago” con Tesorería General de la República, es decir hay una repactación de la deuda total que se pagará en parcialidades.
Por lo tanto, la recomiendación para evitar el rechazo del Conservador de Bienes Raíces, es verificar que el inmueble no tenga deuda de contribuciones, todo esto antes de realizar actos que afecten el dominio del bien raíz.
